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7.- Formación del profesorado

La formación permanente del profesorado es un factor fundamental para asegurar la calidad del Sistema Educativo. La importancia de este principio se manifiesta en el Decreto 327/2010 mediante la creación del Departamento de Formación, Evaluación e Innovación educativa, cuyas funciones, recogidas en el artículo 87 del citado Decreto, se centran en la detección, elaboración y coordinación de las necesidades y actividades formativas del profesorado. Esta tarea se realiza a través de una estrecha colaboración con el centro de profesorado correspondiente, CEP de Almería. Desde comienzo de curso, la responsable de este Departamento notificará al profesorado la posibilidad de sugerir acciones formativas según las necesidades detectadas en su formación o en la de sus compañeros y compañeras.

El Centro Educativo es el punto de partida para el diseño y desarrollo de un proyecto de centro que detecte y manifieste las necesidades de perfeccionamiento profesional y de iniciativas innovadoras e investigadoras, así como una oportunidad para ejercer el derecho y la obligación a la formación, de manera adecuada y acorde a su entorno profesional.

El Plan de Formación del Profesorado del Centro es el elemento del Proyecto Educativo que planifica el proceso de formación para conseguir una mejora permanente y continua de la acción educativa. La elaboración de dicho Plan debe hacerse desde cada Centro Educativo en función de su realidad y circunstancia.

Respecto a la solicitud de cursos de perfeccionamiento se hará hincapié en la necesidad de una continua actualización de las materias relacionadas con la Formación Profesional, el desarrollo de la Nuevas Tecnologías, dinámicas de trabajo colaborativo y competencial y el fomento del Plurilingüismo.

El análisis, identificación y organización de las necesidades de formación se realizará en cada curso académico del siguiente modo:

  • Presentación de propuestas al E.T.C.P. por parte del Departamento de formación, evaluación e innovación educativa.
  • La propuesta deberá incluir el sector demandante (claustro, ciclos, departamentos, grupo de profesores, etc.); la actividad de formación y si esta requiere asesoramiento externo o se puede organizar desde el mismo centro; nivel de prioridad (máxima, media, mínima) y objetivo o finalidad de la acción formativa.
  • Elaboración, por parte del E.T.C.P., durante el mes de Mayo, de una propuesta global, que será presentada al Claustro para su aprobación o enmienda. Incorporación de la propuesta definitiva a la Memoria Final y al Proyecto Educativo del curso siguiente.
  • El Plan de Formación se da a conocer, durante el mes de Octubre, al CEP, que realizará las acciones formativas a lo largo del curso, en la medida de sus posibilidades y previa coordinación con el Equipo Directivo.
  • Elaboración de conclusiones, resultados y nuevas propuestas para incluirlas en la Memoria Final.