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6.2.- Formación Profesional Básica

En el Centro se imparten el Ciclo de Formación Profesional Básica de la especialidad de Informática y Comunicaciones y el de la especialidad de Informática de Oficina, además del Ciclo Formación Profesional Básica específica de la especialidad de Informática de Oficina como programas para dar respuesta a las necesidades del alumnado en riesgo de abandono del sistema escolar o con inquietudes relacionadas con la formación profesional de la especialidad, tal y como, marca la normativa al respecto.

La Formación Profesional Básica se organiza de acuerdo con el principio de atención a la diversidad de los alumnos y las alumnas y su carácter de oferta obligatoria. Las medidas de atención a la diversidad estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas de los alumnos y las alumnas y a la consecución de los resultados de aprendizaje vinculados a las competencias profesionales del título, y responderá al derecho a una educación inclusiva que les permita alcanzar dichos objetivos y la titulación correspondiente, según lo establecido en la normativa vigente en materia de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

El perfil y los requisitos de acceso a la Formación Profesional Básica son:

  1. Tener cumplidos quince años o cumplirlos durante el año natural en curso y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
  2. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (que incluye hasta 3º de ESO) o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria. En este segundo caso, el alumnado será propuesto por el equipo educativo, el orientador/a, o el equipo directivo.
  3. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

Para acceder será imprescindible contar con el pertinente consejo orientador firmado por el Orientador u Orientadora del centro de procedencia.

Los Programas específicos de Formación Profesional Básica están dirigidos al alumnado con necesidades educativas especiales que, teniendo un nivel de autonomía personal y social que le permita tener expectativas razonables de inserción laboral, no pueda integrarse en un ciclo formativo de Formación Profesional Básica, cuente con un desfase en su unidad de competencia curricular que haga inviable la obtención del título de Graduado en ESO o el título Profesional básico y pueda alcanzar cualificaciones profesionales asociadas al perfil profesional del título.

El perfil y los requisitos de acceso a la Formación Profesional Básica Específica son:

  1. Tener cumplidos 16 años o cumplirlos antes del 31 de diciembre, y no superar los 19 años en el momento del acceso ni durante el año natural en que se inician estas enseñanzas.
  2. No haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
  3. Contar con un Consejo orientador, de acuerdo con la normativa vigente, del curso en que estuviera matriculado el alumno o la alumna y en el que se proponga expresamente esta opción formativa para el/la alumno/a.

La atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo de la Formación Profesional Básica y el Programa Específico de la Formación Profesional Básica se podrá realizar por docentes de Pedagogía Terapéutica.