Capítulo IV: Profesorado
Artículo 15. Funciones, deberes y derechos del profesorado.
- Las funciones, derechos y deberes del profesorado están regulados en los artículos 9, 10 y 11 del Decreto 327/2010.
- La justificación de faltas del profesorado se realizará según establece la legislación vigente. Si la falta se conoce con antelación el profesorado deberá comunicarlo a la Jefatura de Estudios con el fin de que la ausencia ocasione la mínima alteración posible en el desarrollo de las actividades docentes. Será obligación del profesorado, que si conoce su falta con antelación, deje trabajo para poder ser desarrollado en el aula con su grupo.
- Cada profesor/a tendrá asignada en su horario regular una hora no lectiva de Reuniones de profesores con padres y madres.
Artículo 16.- Del profesorado de guardia (Orden 9-9-97, art. 18)
- El profesorado de guardia es el encargado de mantener el normal desarrollo de las actividades docentes del Instituto durante el horario lectivo, en colaboración con la Jefatura de Estudios y el resto del profesorado.
- Sus funciones se organizarán del siguiente modo:
- Al tocar el timbre de entrada a clase el profesorado de guardia se encargará de comprobar que todo el alumnado está en sus respectivas aulas o dependencias con su profesor o profesora correspondiente. Si encontrase algún alumno o alumna fuera de ellas lo acompañará a su aula o en su defecto a la Biblioteca.
- En caso de ausencia de algún profesor o profesora, deberá atender a los alumnos y alumnas en el aula, con su correspondiente material, si lo hubiese, o con el material para atención de las guardias que el centro tiene preparado. Cuando la falta de profesorado de guardia lo requiera, se dirigirá a los alumnos y alumnas a la Biblioteca y, si fuera necesario, excepcionalmente, el profesor o profesora de guardia los custodiará en el patio interior del Centro bajo la autorización del Equipo Directivo. Posteriormente, consignará la ausencia en el parte diario de faltas del profesorado.
- Una vez comprobada la normalidad en el desarrollo de las actividades académicas, el profesor o profesora de guardia permanecerá en la Sala de Profesorado, no pudiendo en ningún caso ausentarse del Centro durante el período de duración de la guardia, salvo lo previsto en el apartado siguiente.
- Se encargará de dar la debida atención a aquel alumnado que pudiera sufrir algún tipo de percance o indisposición en el recinto escolar. Inicialmente se pondrá en contacto telefónico con la familia para que esta se haga cargo del alumno/a. Si la gravedad del caso lo exige será el encargado de ponerse en contacto con el Servicio de Emergencias (tlf.: 112) a fin de resolver la contingencia planteada. Cuando un alumno o alumna de enseñanza obligatoria tenga que salir del Centro por causa justificada, comprobará si tiene autorización de los padres o tutores legales para salir o tiene que esperar a que venga algún familiar mayor de edad a recogerlo.
- De entre los profesores de guardia, uno será el encargado de la Biblioteca, debiendo permanecer en ella durante toda la hora, procurando que se cumpla el reglamento establecido para esta dependencia. Además, se hará cargo de los alumnos o alumnas expulsados de clase, y velará para que éstos hagan las tareas encomendadas. Otro será el encargado del aula de convivencia, y será responsable de velar por todo lo relacionado con ese aula y de asistir al alumnado que allí estuviera. En caso de que no haya ningún alumno o alumna en el aula de convivencia, hará la guardia siguiendo el procedimiento común para el profesorado de guardia.
- Cuando el profesor o profesora encargado de la biblioteca falte, será sustituido por uno de los profesores de guardia, una vez comprobada la normalidad en el desarrollo de las actividades académicas.
- El profesorado de guardia cuidará de que no haya alumnos o alumnas, en el intervalo entre clases, en el pasillo de Secretaría, Sala de Profesorado y Jefatura de Estudios, vestíbulo y patios.
- El orden de prelación para las guardias será el siguiente:
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- Primero, aula de convivencia cuando haya alumnado en la misma.
- Segundo, atención de los grupos que estén sin profesor o profesora.
- Tercero, distribución normal de las guardias según se ha establecido previamente.